Uso medicinal del canabis: las claves de la reglamentación
Escrito por OktubreFM el 21 julio, 2020
El Ministerio de Salud de la Nación presentó el borrador de la nueva reglamentación de la ley del uso medicinal del cannabis a médicos, científicos y a las seis organizaciones que vienen participando en el debate.
Como puntos claves, el Estado cumplirá un doble rol: buscará producir en el ámbito público marihuana terapéutica y garantizará el acceso gratuito a pacientes que no tengan obra social o prepaga.
“Cuando leímos el borrador, sentimos que los planteos y reclamos de las organizaciones fueron escuchados y reflejados en ese documento. Además, vemos que hay buena predisposición”, manifestó Pablo Pérez, director de la ONG Mamá Cultiva Argentina en diálogo con Ro Battista para #OktbreFM (89.1).
Fue en marzo de 2017 cuando se aprobó en un nestro país la ley 27.350 de Cannabis Medicinal: “Después de ser aprobada, la reglamentación que salió vulneró lo que importa de esa ley, que es el artículo 8, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios”.Y agregó: “La ley 27350 no es una ley integral, sino de investigación científica. Con este nuevo borrador, ahora sí el artículo 8 quedó bien reglamentado”.
De ser finalmente reglamentado, el Gobierno permitirá que los usuarios terapéuticos puedan cultivar en sus hogares la planta de cannabis, además de habilitar su expendio en farmacias y proyectar cultivos y producción pública: “El auto cultivo no deja de ser la práctica más genuina”, expresó Pablo Pérez en el aire de #OktubreFM.
En relación a la tarea que llevan adelante desde Mamá Cultiva Argentina, Pablo nos contó: “En este nuevo contexto, reformulamos la manera de acompañar e incorporamos la llegada a todo el país. Porque veníamos trabajando sólo con familias de la ciudad”. Y completó: “Como ONG, nuestro gran orgullo son los ECO (Espacios de Contención y Orientación) que son grupos de trabajo compuestos por alrededor de 10 familias.
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